El Ministerio de Salud trasladó al 3 de mayo de 2027 la puesta en funcionamiento del mecanismo que organizará el reporte de datos para programar y ejecutar el giro directo de recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC). La medida también cobija el pago de servicios y tecnologías financiados mediante presupuestos máximos que no estén incluidos en la UPC.
La modificación quedó consignada en la Resolución 002493 del 29 de octubre de 2026, suscrita por la ministra Ana María Vesga Gaviria. El acto administrativo cambió el artículo 14 de la Resolución 1809 de 2026, que había establecido el 1 de noviembre de 2026 como fecha inicial para comenzar a aplicar las nuevas reglas.
Un plazo adicional para los ajustes tecnológicos
Con el nuevo calendario, las entidades obligadas dispondrán de seis meses adicionales para adaptar sus plataformas y completar las verificaciones operativas del procedimiento. El Ministerio explicó que varios participantes del sistema formularon observaciones sobre situaciones que deben reflejarse tanto en la regulación como en las herramientas informáticas utilizadas para transmitir la información.
Entre los asuntos que requieren ajustes están los reportes sobre facturación y los valores mensuales definidos en acuerdos de voluntades bajo las modalidades de capitación y Pago Global Prospectivo (PGP). En estos casos, para calcular la programación de los pagos directos, el valor mensual pactado puede reemplazar los datos de la factura electrónica de venta.
- Nueva fecha de aplicación: 3 de mayo de 2027.
- Fecha que había sido fijada: 1 de noviembre de 2026.
- Normas relacionadas: Resoluciones 1809 y 002493 de 2026.
Información para ordenar los pagos
La Resolución 1809 establece las condiciones para que las EPS y las demás entidades responsables del pago suministren los datos necesarios para identificar a los prestadores y proveedores que deben recibir recursos, junto con los valores correspondientes. El mecanismo está relacionado con las transferencias directas a hospitales, clínicas y proveedores de servicios y tecnologías en salud.
Para cumplir con ese procedimiento, las entidades deben preparar los sistemas que registran la relación de facturas o los montos mensualizados de los contratos suscritos bajo capitación y PGP. El Ministerio señaló que los actores sujetos a la regulación pidieron más tiempo para realizar esas adecuaciones y atender los requerimientos técnicos antes de la entrada en operación del esquema.
| Aspecto | Información |
|---|---|
| Entidad que modificó el cronograma | Ministerio de Salud |
| Acto administrativo | Resolución 002493 de 2026 |
| Inicio actualizado | 3 de mayo de 2027 |
La ampliación del plazo mantiene vigente el proceso de preparación previsto para EPS, prestadores y otros responsables de reportar la información financiera y contractual. La nueva fecha será el punto de partida para aplicar el mecanismo de programación y ejecución de los pagos directos contemplado en la regulación modificada.