El Juzgado Primero Penal del Circuito de Sogamoso envió el 19 de octubre un requerimiento a directivos de Nueva EPS para que expliquen, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación, las razones por las que no habrían cumplido una sentencia de tutela de segunda instancia del 6 de octubre que ordenó garantizar la atención médica de Adrián Antonio Aguilar Sánchez, paciente que requiere una cirugía especializada de columna cervical y se encuentra hospitalizado en el Hospital Regional de Duitama.
Hechos y reclamaciones
Aguilar Sánchez sufrió un accidente de tránsito el 26 de julio, cuando conducía un camión por la vía entre Sogamoso y El Crucero. Desde entonces permanece en el Hospital Regional de Duitama y, según su relato, necesita una intervención quirúrgica especializada que no ha podido realizarse por la falta de neuromonitoreo en la institución y por la imposibilidad de ser trasladado a centros de mayor complejidad.
El paciente aseguró que Nueva EPS ha gestionado remisiones a otras instituciones, pero que estas solicitudes han sido rechazadas por falta de disponibilidad de camas. Según el informe judicial, las remisiones se habrían tramitado en diferentes centros del país sin que hasta el momento se concrete el traslado.
Quiénes fueron requeridos
- Jardiel Horacio Bernal Cárdenas, gerente zonal de Nueva EPS en Boyacá: el juzgado le pidió explicar por escrito las razones del presunto incumplimiento.
- Carlos Alberto Martínez Fernández, gerente de Prestación Efectiva de Nueva EPS: fue requerido para informar sobre el cumplimiento de la orden y, si procede, iniciar actuaciones disciplinarias contra el funcionario responsable.
- Roberto José Tercero Solano Navarra, agente interventor de Nueva EPS: el despacho vinculó a este agente para que gestione el cumplimiento inmediato del fallo.
Contenido de la tutela y próximos pasos
La sentencia de segunda instancia, emitida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo el 6 de octubre, amparó el derecho fundamental a la salud de Aguilar Sánchez y ordenó que se garantizara su valoración y atención por neurocirugía, así como los servicios e insumos necesarios para su tratamiento. Por esta razón, el juzgado de Sogamoso solicitó a los directivos de la EPS explicaciones formales y les otorgó un plazo breve para responder.
En el requerimiento el despacho advirtió que, de persistir el presunto incumplimiento, tramitará el incidente de desacato correspondiente, lo que implicaría nuevas actuaciones judiciales para asegurar la ejecución de la providencia.
Datos registrados
| Hecho | Fecha |
|---|---|
| Accidente de tránsito que causó la lesión | 26 de julio de 2026 |
| Sentencia de tutela de segunda instancia | 6 de octubre de 2026 |
| Requerimiento del Juzgado Primero Penal del Circuito de Sogamoso | 19 de octubre de 2026 |
Contexto institucional
El requerimiento judicial involucra tanto a directivos de la EPS como al agente interventor designado en la entidad. El despacho ordenó que, además de explicar las razones del presunto incumplimiento, se inicien las actuaciones disciplinarias pertinentes si se determina responsabilidad interna en la negativa o demora para cumplir la orden judicial.
La información sobre la situación del paciente y las gestiones rechazadas por falta de disponibilidad de camas proviene del testimonio reproducido ante el juzgado y del contenido de la providencia que resolvió la tutela en segunda instancia.
Implicaciones procesales
- Si los requeridos no responden en el plazo indicado o la respuesta no satisface al despacho, el juzgado podrá tramitar un incidente de desacato.
- El pedido incluye la verificación del cumplimiento de la orden de valoración y atención por neurocirugía y de la entrega de los insumos y servicios necesarios para el tratamiento.
La diligencia del Juzgado Primero Penal del Circuito de Sogamoso constituye una acción judicial dirigida a asegurar la ejecución efectiva de un fallo que ampara el derecho a la salud de un paciente en condición de vulnerabilidad, y pone bajo escrutinio las actuaciones de la EPS y su interventor en Boyacá.